jueves, 3 de mayo de 2012


 Boletín informativo para los trabajadores 
FESTIVIDADES DE CONMEMORACIÓN
DEL 1° DE MAYO

Este 30 de abril terminaron las actividades del 1° de mayo en Osorno, que congrego a los Supermercados Bigger de esta ciudad, las clausura de las actividades se realizó en el gimnasio Pedro Aguirre Cerda y culminaron cerca de la 02:00 de la madrugada del 1° de mayo, los ganadores de estas competencias fueron: el supermercado Bigger Victoria y Exprés Republica (alianza Verde), segundo lugar para los representativos de el Bigger Central (alianza Roja), tercer lugar Bigger Oriente (alianza Amarilla) y cuarto lugar Bigger Bulnes (alianza Azul).
Alegría y entusiasmo en todos los trabajadores se reflejo en las diferentes actividades, los que prometieron que para el próximo año lo harían mucho mejor quedando una “buena vara” para superar.
Balance: Para la comisión organizadora, (que dicho queda de paso este semanario les envía un reconocimiento a su labor y esfuerzo), fue satisfactoria y no exenta de pequeñas dificultades (propias de este tipo de eventos) y… “Serán mejoradas para los próximos programas”, “Fue una lección para tomarlas en consideración” manifestó la Directora del Bienestar (Fenasib) Marcia Borquez.
  


            Especial agradecimientos a la Caja de Compensaciones la Araucana, quienes colaboraron con los trabajadores, para el éxito de los encuentros.

VALDIVIA y LA UNION

            La ciudad de Valdivia también celebro con los trabajadores, encuentros deportivos y recreacionales que fueron la tónica que llevo un momento grato para los trabajadores, mientras que en La Unión celebro con un paseo donde se compartió con un buen asado, quienes también agradecen a la Caja de Compensaciones Los Andes, quienes se hicieron presente.

DESPIDOS

Junto con esperar el 1° de mayo los Directores de los sindicatos de los supermercados Bigger Osorno, se encontraron con una desagradable sorpresa por parte de SMU S.A.
El despido de 20 trabajadores aproximadamente en los cuatro supermercados. Exoneraciones que dejan en un muy mal pie a la empresa, que hace con esto solo reafirmar

                                                                                 Mayo N°3  año 2012
la poca confianza de los trabajadores, en SMU S.A., sembrando la incertidumbre, que es el deber de esta empresa mantener, para amparar el “código del terror”
Todo esto acogiéndose en el famoso artículo del código del trabajo N°161, que da pie en Chile a despedir a los trabajadores porque simplemente las empresas como estas no encuentran un racionamiento justo para que el trabajador deje de pertenecer a sus empresas, escudándose en este articulo no teniendo agallas para decir exactamente porque de estos injustificados despidos.
Ye basta de que se den tantas vueltas (legisladores) y no se atrevan a poner en tabla para la derogación urgente de lo que creemos es la máxima injusticia que ampara el estado en contra de quienes se rompen las espaldas todos los días.

  MINISTRA

No deja de llamar la atención las declaraciones de la ministra del trabajo y previsión social (Evelyn Matthei), (ante el comentario de Arturo Martínez) actual timonel de la Central Única de Trabajadores (CUT), quien se refirió al eterno tema del sueldo mínimo “en estos momentos el sueldo mínimo debería
ya estar en $250.000.-“ (declaro) a lo que la ministra respondió "Lo único que significaría es una tremenda irresponsabilidad, porque dejamos sin empleo" a muchos trabajadores. "No nos atrevemos a subir el salario mínimo a $ 250 mil porque no queremos que nos pase lo mismo que a España", dijo.
Este semanario le recuerda a la ministra, que no utilice la famosa “campaña del terror” y le indicamos desde aquí que el empresario que puede, puede y el que no, que simplemente no tenga empresas.

    PARA CONSIDERAR

Art. 3° Código Sanitario

Corresponde al Servicio Nacional de Salud, 

sin perjuicio de las facultades del Ministerio de Salud 
Pública, atender todas las materias relacionadas con 
la salud pública y el bienestar higiénico del país, de 
conformidad con lo dispuesto en el inciso final del 
N° 14 del artículo 10, de la Constitución Política del 
Estado.








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