Se ordena reintegro de dirigentes sindicales de supermercado
El Juzgado de Letras del Trabajo de Coyhaique negó el día de ayer, la demanda de desafuero sindical interpuesta por Rendic Hermanos S.A. en contra de Jeanette Mancilla Saldivia, Verónica Martínez Soto y Ángela Muñoz Aburto, dirigentas del sindicato de trabajadores de supermercado Unimarc.
El fallo (causa rol 26-2016), dictado por el magistrado Óscar Pacheco, además de no validar el despido de las dirigentes, “ordena la inmediata reincorporación a sus labores de las trabajadoras demandadas Jeanette del Carmen Mancilla Saldivia, Verónica Esperanza Martínez Soto y Ángela María Muñoz Aburto”.
Fallo que se fundamenta en la insuficiencia probatoria en contraposición con “(…) la protección que el legislador otorga a determinados trabajadores para impedir que sean despedidos en forma indebida por su empleador, llevan a este sentenciador a la convicción que la presente acción debe ser desestimada en todas sus partes, pues en la especie no se ha acreditado que concurran las circunstancias que permitan configurar alguna de las causales de término de los servicios invocadas por el empleador para desaforar a las demandadas; es decir, las hipótesis consagradas en el N°5 y N°7 del artículo 160 del Código del Trabajo”.
“Por lo anterior –concluye–, la presente acción judicial no podrá prosperar, máxime si estimamos que los hechos contenidos en la demanda de desafuero, de fecha 04 de abril de 2016 y que tanto reprocha el empleador, encuentran su fundamento normativo y su legitima ejecución en la consagración de la huelga como un derecho humano fundamental, estando reconocida dicha garantía en la CPR, en los Tratados Internacionales ya citados y en los Convenios de la OIT previamente referidos”.
Según los demandantes, “el 4 de abril de 2016 estas dirigentes junto a otras trabajadoras habrían decidido paralizar sus labores para ir a colación, lo que habría afectado al funcionamiento del establecimiento comercial”.
Fuente: Diario Aysen
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